¿Es obligatorio mostrar la última patente paga en los controles de tránsito?

Redacción Zeta FM

De acuerdo a la normativa nacional, siempre se debe circular con el último comprobante de pago de la patente. Y por “último” no se entiende al último que se abonó, sino al del último vencimiento, que debería, por supuesto, ser el último abonado. Si el último abonado corresponde a un período vencido dos o más meses atrás, el comprobante no tendrá validez ya que el impuesto estará vencido.

La regla es muy clara, salvo por un detalle: la ANSV olvida que muchos propietarios de vehículos abonan este impuesto automáticamente con la tarjeta de crédito o débito y no cuentan con un comprobante físico de la última cuota paga. En ese caso, se recomienda tener a mano en el auto un comprobante del pago de la tarjeta impreso para acreditar estar al día con este tributo.

banner-sisan-juan-300x250.png

En la práctica, la mayoría de los controles de tránsito requieren simplemente del Documento Nacional de Identidad, la licencia de conducir al día y el seguro automotor vigente (rara vez chequean la VTV y otros papeles), pero eso no significa que no sea obligatorio llevar la patente paga.

Todos los papeles obligatorios:

La ANSV informó cuáles son los documentos que debemos llevar en el auto esta temporada de verano al momento de salir a la ruta con nuestras vacaciones como destino.

-Licencia de conducir vigente. El registro no puede estar vencido, a menos que el municipio en el que residís haya postergado los vencimientos por la pandemia.
-Documento Nacional de Identidad. Con la licencia no alcanza para acreditar identidad. Tendrás que presentarla junto al DNI.
-Cédula verde o azul. Si sos el titular, deberás presentar tu cédula verde. Si no sos el titular, podés presentar la cédula verde del titular siempre y cuando no esté vencida (vence luego de un año). Si lo está, tendrás que mostrar la cédula azul a tu nombre.
-Revisión Técnica Obligatoria o Verificación Técnica Vehicular. Antes de salir a la ruta, realizá el chequeo anual de tu vehículo. No tenerlo significará una infracción.
-Comprobante de la póliza del seguro. No hacen falta los recibos de pago, pero sí la cédula que acredita la vigencia del seguro automotor. Está permitido mostrar una póliza digital.
-Comprobante de pago del impuesto a la radicación del vehículo (patente).
-Cédula amarilla en caso de vehículo equipado con GNC.

Compartí esta nota